jueves, 7 de noviembre de 2013

NO ME SENTENCIES

Durante este mes de Noviembre, la Federación de Mujeres Progresistas de Asturias, la Asociación de Mujeres Separadas y Divorciadas de Asturias, la Asociación de Abogadas por la Igualdad y MAEVE, hemos decidido denunciar y trasladar a la opinión pública lo que ocurre en algunos de los juzgados de violencia de género, en Asturias.
Hemos detectado, una falta de rigor a la hora de aplicar la Ley Integral de Violencia de Género, absolutamente intolerable.
Al final de que sirven las Leyes si quienes las deben de interpretar y aplicar están bajo la influencia del patriarcado más feroz.
El fin de la lucha por la Igualdad, es conseguir erradicar la Violencia de Género, esa violencia estructural, que rodea nuestro día a día preso de unas reglas del juego en el que el papel de la mujer, pasa por ser dependiente, cuidadora, objeto sexual, sumisa.... Todas las cualidades que esconden una inferioridad social que nos hace ser el blanco de esa violencia. Si no somos iguales, si somos inferiores, necesitamos que nos tutelen, que nos guíen, que nos enseñen, que nos dominen. Esa evolución marca el principio de la violencia de género. Después de tantos años luchando, conseguimos que España marcara la diferencia, con una Ley Integral de la Violencia de Género, pionera en Europa y absolutamente fundamental para empezar a obtener JUSTICIA, para las mujeres víctimas.
Pero claro, la lucha contra la violencia de género, la lucha por la Igualdad, debe ir más allá, debe ser un cambio y transformación profundo de nuestro imaginario cultural, revisando el papel que las mujeres queremos ocupar en esta sociedad.
En esa lucha, necesitamos la complicidad de TODAS Y TODOS, por eso pedimos a Las Juezas y Los Jueces que sean responsables en su ejercicio y que ejerzan, como ya nos decía Sócrates las características del buen juez: Escuchando cortésmente, respondiendo sabiamente, ponderando prudentemente y decidiendo imparcialmente.
Y es precisamente en la imparcialidad donde nos queremos detener, sin imparcialidad no hay JUSTICIA, y sinceramente lo único que les queda a las mujeres que sufren violencia, es precisamente eso, JUSTICIA, lo que finalmente les puede salvar la vida. Por eso exigimos de quienes deben velar por el cumplimiento de la ley, que sus prejuicios , NO LAS SENTENCIEN al miedo, al sufrimiento y a la muerte.
Amparo Antuña Asenjo Presidenta Federación de Mujeres Progresistas de Asturias.


viernes, 27 de septiembre de 2013

LA NOCHE BLANCA

La Asociación contra la Violencia de Género MAEVE y la Asociación ABOGADAS PARA LA IGUALDAD, por medio de la presente nos dirigimos a la Universidad de Oviedo para mostrar nuestro estupor, perplejidad, e indignación ante el cartel que difunde la celebración de la Noche Blanca en Oviedo.

Nos encontramos una vez más ante la utilización banal y gratuita del cuerpo de una mujer. Amén de la nula relación existente entre el cartel y lo que éste anuncia, supone nuevamente el uso y abuso del cuerpo femenino desnudo  como imagen estereotipada para cualquier menester, y en un alarde de machismo anacrónico, se presenta ésta sin cabeza, despersonalizada, una expresión penosa de cosificación, ante la que no podemos permanecer impávidas.

Este cartel supone, pues, la consolidación de los estereotipos sexistas como estrategia para llamar la atención sobre cualquier evento sea de la índole que sea, lo cual resulta intolerable. Con este tipo de creaciones se contribuye a la perpetuación en el imaginario colectivo de un concepto de mujer tópico y trasnochado, que lejos de generar opinión tendente a erradicarlo, la fomenta, dificultando así el avance hacia una sociedad en la que deberían primar valores de respeto e igualdad entre hombres y mujeres. No debemos, ni podemos olvidar que son precisamente estos reclamos publicitarios donde encuentra sus orígenes y se nutre la violencia machista.

Desde las asociaciones instamos la retirada de los carteles y alentamos el uso de la imaginación -también y sobre todo desde el arte- para crear obras que tiendan a propiciar y a consolidar los valores esenciales en una sociedad democrática.



viernes, 10 de mayo de 2013

PENAS MAS GRAVES PARA LAS MUJERES
 
La Ley de Violencia de Género introdujo una mayor penalización de las agresiones del hombre sobre la mujer en las relaciones de pareja o ex parejas, sin embargo los tribunales, en ocasiones, imponen una menor pena a las agresiones perpetradas por hombres, que las que se imponen a las mujeres cuando cometen hechos idénticos. ¿Cómo hemos podido llegar a este extremo?
Hace poco hemos tenido noticia de una sentencia en la Audiencia Provincial de Castellón, en la que se condena a un hombre, que agredió a su ex pareja, a una falta, por considerar que dicha conducta no era machista. Paradójicamente, si hubiera sido la mujer la que hubiera agredido al hombre, habría sido condenada por un delito conforme al Código Penal, sin que el juez realizase ninguna valoración adicional.

Parece increíble pero es la realidad, el Código Penal considera delito todas las agresiones que se dan en el ámbito familiar, con carácter extenso, y por tanto todas las agresiones entre cónyuges, ex cónyuges, convivientes, ex convivientes o personas ligadas por alguna relación de afectividad aún sin convivencia, es decir ascendientes, descendientes, hermanos, etc., regulándose, expresamente, que puede imponerse una pena más grave, aunque no es obligatorio, pues el juez puede imponer igual pena, cuando la agresión se comete hacia la mujer pareja o ex pareja.

Esta medida fue introducida en el año 2004 con la aprobación de la Ley de Medidas de Protección Integral para la Violencia de Género, incluyéndose la posibilidad de una mayor penalización de las conductas realizadas hacia la mujer en el ámbito de la pareja o ex pareja, pero ello no implica de forma automática una condena mayor, ya que el juez puede imponer la misma pena, si el agresor es hombre o mujer. Así, por ejemplo, en ambos casos, el juez puede aplicar, como pena mínima, trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a ochenta días y rebajarla si así lo estima conveniente. Sólo cuando se impone una condena de prisión, la pena mínima varía de un sujeto a otro, siendo de seis meses a un año, cuando el agresor es un hombre, y de tres meses a un año, cuando se trata de una mujer, pudiéndose, en ambos casos, rebajar la condena un grado. Lo que significa que se puede imponer una pena mínima de tres meses de prisión a los hombres y mes y medio a las mujeres.

Por tanto las penas mínimas de trabajos en beneficio de la comunidad son idénticas y las penas máximas de prisión también, aunque se puede penalizar más al hombre, valorándose, conforme a la doctrina del Tribunal Constitucional, que dichas acciones son más graves y más reprochables socialmente por el contexto relacional en el que se producen y también porque tales conductas son consecuencia de una desigualdad en el ámbito de las relaciones de pareja de gravísimas consecuencias para quien, de un modo constitucionalmente intolerable, ostenta una posición subordinada. Pero, repito, no es obligatorio imponer una pena mayor.

A partir de la aprobación de esta Ley, desde algunos ámbitos jurídicos, se consideró que no se estaba respetando el principio de igualdad ante la Ley, al imponerse penas distintas en función del sujeto que desarrollaba la acción y varios jueces llegaron a plantear cuestiones de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional, el cual, después de varios años, falló considerando que dicho artículo no podía ser declarado inconstitucional y que expresaba lo querido por el legislador. Es preciso recordar que esta Ley fue una de las pocas aprobadas por unanimidad de todas las fuerzas políticas.

Sin embargo, algunos jueces empiezan a hacer una interpretación restrictiva de lo regulado en el Código Penal. Así, cuando el agresor es un hombre y la agredida es o ha sido su esposa o mujer ligada al agresor por una análoga relación efectiva aun sin convivencia, consideran que no hay que aplicar este artículo de forma sistemática, sino que exclusivamente será de aplicación cuando la agresión obedezca a una manifestación de la discriminación o se produzca por una situación de desigualdad en las relaciones de poder del hombre sobre la mujer. Esto es, cuando exista una conducta machista o con connotaciones machistas.(1)

El legislador en su momento, estudió la posibilidad de regular en el sentido de sólo penalizar las agresiones efectuadas en el marco de una situación de desigualdad o con connotaciones machistas, pero tras analizarlo, llegó a la conclusión de que si regulaba una conducta en este sentido, la dificultad de aplicación seria máxima, porque ¿quién juzga que la agresión ha sido llevada por una conducta machista con equidad? No podemos olvidar que el machismo está enraizado en la estructura social y es difícil objetivar una conducta en este sentido, y a las pruebas me remito, un tribunal ha considerado que agredir a una ex pareja, movido por los celos, no es una conducta machista y por tanto, no se considera que exprese un sentimiento de propiedad sobre la otra persona.
Esta interpretación, alejada de lo que dice la literalidad del artículo, y ratificada por varias sentencias del Tribunal Supremo, lleva a la no aplicación de dicho artículo y a considerar la conducta del hombre hacia la mujer, en estos casos, como una mera falta, con una menor sanción penal, mientras que la misma conducta perpetrada por una mujer no provoca discusión alguna y es considerada delito de forma automática.(2)
Con ello, el sistema ha alcanzado el máximo grado de perversión, se sanciona con mayor pena la agresión efectuada por la mujer hacia su pareja o ex pareja, que la del hombre, cuando el legislador lo que reguló en la Ley fue todo lo contrario y cuando además dotó al juez de herramientas suficientes para imponer una pena igual a la conducta efectuada por una mujer, si consideraba que la conducta debía sancionarse con una pena de menor entidad. Con esta interpretación, en la práctica, se perpetúa la situación de discriminación de la mujer y se minimizan las agresiones efectuadas por los hombres, con lo que comporta de mantenimiento del machismo en nuestra sociedad.(3)

1 Las Audiencias Provinciales de Murcia Sección 3 y de Castellón Sección lo aplican con criterio general sentencias entre otras AP de Murcia de 19 de febrero 2013 y 11 febrero 2013 y A.P. de Castellón 22 de febrero 2012 y 23 de enero 2013 entre otras.

2 Los Tribunales condenan por un delito conforme 153.2 así sentencias AP Murcia 29 de noviembre 2011, A.P de Castellón 28 de enero 2011 y algunas sentencias mantienen “Es irrelevante la falta de "motivación sexista", cuando no lo precisa la ley ni la jurisprudencia constitucional (a diferencia de lo que sí ocurre, y exige ésta, en el art 153.1 del Código Penal), siendo suficiente la agresión a quien es o fue pareja sentimental, motivada la agresión en base a dicha relación” S.A.P. Albacete 10 de enero 2013 y S.A.P de Barcelona de 1 de febrero 2013.
3 Artículo 153 del Código Penal:
1. El que por cualquier medio o procedimiento causare a otro menoscabo psíquico o una lesión no definidos como delito en este Código, o golpeare o maltratare de obra a otro sin causarle lesión, cuando la ofendida sea o haya sido esposa, o mujer que esté o haya estado ligada a él por una análoga relación de afectividad aun sin convivencia, o persona especialmente vulnerable que conviva con el autor, será castigado con la pena de prisión de seis meses a un año o de trabajos en beneficios de la comunidad de treinta y uno a ochenta días y, en todo caso, privación del derecho a la tenencia y porte de armas de un año y un día a tres años, así como, cuando el Juez o Tribunal lo estime adecuado al interés del menor o incapaz, inhabilitación para el ejercicio de la patria potestad, tutela, curatela, guarda o acogimiento hasta cinco años.
 2. Si la víctima del delito previsto en el apartado anterior fuere alguna de las personas a que se refiere el art. 173.2, exceptuadas las personas contempladas en el apartado anterior de este artículo, el autor será castigado con la pena de prisión de tres meses a un año o de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a ochenta días y, en todo caso, privación del derecho a la tenencia y porte de armas de un año y un día a tres años, así como, cuando el Juez o Tribunal lo estime adecuado al interés del menor o incapaz, inhabilitación para el ejercicio de la patria potestad, tutela, curatela, guarda o acogimiento de seis meses a tres años.
 3. Las penas previstas en los apartados 1 y 2 se impondrán en su mitad superior cuando el delito se perpetre en presencia de menores, o utilizando armas, o tenga lugar en el domicilio común o en el domicilio de la víctima, o se realice quebrantando una pena de las contempladas en el art. 48 de este Código o una medida cautelar o de seguridad de la misma naturaleza.
 4. No obstante lo previsto en los apartados anteriores, el Juez o Tribunal, razonándolo en sentencia, en atención a las circunstancias personales del autor y las concurrentes en la realización del hecho, podrá imponer la pena inferior en grado

ANGELA ALEMANY Y ROJO
ABOGADA

domingo, 28 de abril de 2013

NI UN PASO ATRAS de Elena Ocejo Alvarez

La iglesia mendicante, impaciente ante el transcurso de la legislatura, sin novedad en su ámbito, ha irrumpido de forma inminente en la actividad política del país, y no lo ha hecho para alzar la voz en defensa de las víctimas del desempleo o los desahucios, que va, hace acto de presencia de forma ostensible para reclamar su tributo al político atribulado que viene haciéndose el remolón; este ha vendido su alma al diablo y lo sabe, ahora tendrá que pagar su precio, por ello ha convocado ya al santo oficio y Gallardón el sumo hacedor, tras el estrepitoso fracaso al tratar de reformar el Consejo General del Poder Judicial, se ha puesto manos a la obra para acometer las reformas necesarias y acabar con la actual legislación en materia de aborto y reproducción sexual.
Como si de un auto de fe se tratara, la Conferencia Episcopal, reivindica el derecho a imponer su verdad, su ideología, condenando a las mujeres que abortan, como antes, siglos atrás condenaron a Galileo, a Copérnico, como han hecho con tantas mujeres quemadas en la hoguera en nombre de esta fe y esta iglesia que mira hacia otro lado cuando hablamos de pederastia y escándalos sexuales en el mismísimo vaticano, una iglesia, una religión, una fe que no denuncia la injusticia, el robo de bebés, la corrupción, el tráfico de seres humanos.
A Gallardón le parece “éticamente inconcebible la desprotección del concebido” Tal afirmación resulta escandalosa, Señor Gallardón, ¿es acaso éticamente concebible la desprotección que su gobierno ofrece a las miles de personas concebidas que sufren las consecuencias de una crisis impuesta?, o para situarnos justamente a la altura de su despropósito demagógico ¿resulta éticamente concebible vivir en la opulencia, mientras millones de seres humanos ya concebidos, se mueren de hambre?  
No se equivoquen y no confundan, se trata de un derecho de la mujer, que de forma libre y adulta decide o no, afrontar la maternidad. No traten de jugar con nosotras y sobre todo no nos subestimen, somos más de la mitad de la población y no estamos dispuestas a dar ni un paso atrás.

martes, 26 de marzo de 2013


La ‘amenaza’ del estereotipo y las mujeres
 
Pilar López Díez
Doctora en Ciencias de la Información, es experta en Comunicación y género  
 

Un reconocido articulista del New York Times, Brent Staples, fue un joven licenciado de la universidad de Chicago que vestía con la estética ‘hip-hop’, ropa tres tallas más grandes que la suya, gorra de beisbol y zapatillas de deporte. Con esta presentación, cuando caminaba por el barrio Hyde Park, de Chicago, de noche, y siendo como es, negro, no entendía el efecto que su presencia producía en la gente con la que se cruzaba; se apartaban a su paso o incluso se cruzaban de acera. Algo inexplicable. No se dio cuenta del rechazo que producía hasta que decidió, sin cambiar su imagen, recorrer los lugares habituales silbando alguna melodía de Vivaldi. Notó que el efecto producido era radicalmente distinto: la gente no solo no parecían tenerle miedo, sino que le miraban, incluso, con cierta simpatía. Complicidad y sonrisas; todo por ir silbando música clásica. Sorprendente. Staples, negro, había escapado del estereotipo “negro igual a peligroso”.

Esta anécdota da nombre a un libro publicado en inglés en 2010, Wistling Vivaldi. And other clues to how Stereotypes Affect us, del psicólogo social y catedrático de la universidad de Columbia, Claude Steele, quien desarrolla aquí la idea de la ‘amenaza’ del estereotipo. Lo que nos cuenta es la gran influencia que tienen los estereotipos sobre el comportamiento y rendimiento de las personas, y cómo podríamos superarlos. Da cuenta de las investigaciones llevadas a cabo en los últimos veinte años en donde se pone de manifiesto que un grupo de personas, sometidas a la presión o amenaza del estereotipo, actúa peor que si no están afectadas por él.

Dado que sobre las mujeres penden más estereotipos negativos sería interesante reflexionar sobre los efectos de los estereotipos en los medios. Uno de los resultados de una investigación que cita el libro es que si antes de pasar un examen de matemáticas, a un grupo de chicas se les recuerda el estereotipo “las chicas son peores en matemáticas que los chicos”, obtienen peores resultados que si no se les recuerda. La ‘amenaza’ del estereotipo está omnipresente en la sociedad y actúa implacablemente. Pero también nos avisa de que podemos esquivarlo.

Los medios de comunicación españoles, desde hace más de quince años saben muy bien que han logrado expulsar de las noticias sobre violencia machista varios estereotipos, entre otros, el del “crimen pasional” y los celos como motivos de la violencia machista. A nadie se le ocurre hoy, ya, exculpar a un criminal, como hacía una noticia de 1984 que informaba del asesinato de una menor, de 14 años, por un hombre de 55, y de quien se decía que “había actuado cegado por los celos”. La noticia culpaba a la menor de su propia muerte con la frase: “Juana se mostraba antes de su muerte indiferente hacia José”.

Es cierto que la forma más sencilla de llegar a una amplia audiencia es utilizando estereotipos. Es un recurso fácilmente reconocible por cualquier tipo de público y es un medio que no requiere mucho esfuerzo ni creatividad. En un estudio cuyos resultados se dieron a conocer en 2010, GMMP, y en donde se habían investigado casi 16.000 noticias de un día, en 105 países del mundo, una de las conclusiones fue que, con mucha frecuencia, las fotografías sirven para reforzar los estereotipos de género en distinto grado. Los estereotipos que se encontraron sobre las mujeres son que, frecuentemente, se las sexualiza, se las presenta como pasivas, domesticadas, como víctimas o subordinadas a los hombres. El estereotipo de la mujer como víctima es recurrente en todas las investigaciones realizadas, de manera que no sería ningún despropósito preguntarse ¿el estereotipo de ‘la mujer víctima’, no tendrá alguna influencia en el comportamiento, inexplicable para muchos, de tantas mujeres -de cualquier clase social y nivel formativo- incapaces de huir de las relaciones violentas de pareja?

Siguiendo a Steele, podría ocurrir que debilitar el estereotipo de la mujer como víctima se consiguiera publicando noticias positivas de aquellas mujeres que, o bien salen del círculo de la violencia o nunca cayeron en él. Sería, además, una medida que el 80,7% del público y el 95,6% de la profesión periodística apoyaría, según una encuesta de 2010.

Asignar, dicotómicamente, características de la personalidad y competencias a las personas en función del sexo es una práctica discriminatoria que limita el desarrollo de las personas, tanto de mujeres como de hombres. Después del reconocimiento general al papel de los medios españoles en la visibilización de la violencia de género,

Sería deseable que se enfrentasen a las prácticas periodísticas que posibilitan la estereotipación negativa de las mujeres.

domingo, 10 de marzo de 2013


LA MUJER CAMINA HACIA LA PRECARIEDAD

 María R. Sahuquillo Bruselas 6 MAR 2013 - 12:04 CET249 -EL PAIS


El goteo de recortes penaliza la igualdad entre mujeres y hombres. La precarización del mercado laboral, la supresión de planes de educación infantil, los recortes en el transporte escolar y las ayudas para el comedor, el tijeretazo en la ley de dependencia o el copago farmacéutico amplían el desequilibrio. El resultado de las medidas de austeridad tiene rostro femenino, y sus efectos elevan la preocupación ciudadana. El 37% de los españoles cree que la crisis ha agrandado la brecha salarial. El 36% opina que dificulta también la conciliación. Las consecuencias, alertan instituciones como la Eurocámara o la OCDE, es que los avances en igualdad logrados durante décadas peligran.

“La crisis está provocando un retiro silencioso de las mujeres de la vida profesional, y ahonda los problemas que ya existían y estaban corrigiéndose”, asegura la eurodiputada francesa Elisabeth Morin-Chartier (Partido Popular Europeo), vicepresidenta del Comité de Igualdad de la Eurocámara. Aunque para la mayoría de los europeos, la principal consecuencia de la recesión es la dificultad de que los jóvenes encuentren su primer empleo (así lo asegura el 46%) y el aumento de la precariedad laboral (el 42%), los temas de igualdad asoman entre los problemas destacados por los ciudadanos, según un Eurobarómetro presentado ayer en el Parlamento de la UE en Bruselas. Para uno de cada tres europeos la recesión ha agravado el desequilibrio salarial y está poniendo serias trabas a que las mujeres tengan una familia y una carrera profesional.
 


En España, donde ellas ganan al año 5.744 euros menos que los hombres por un trabajo de igual valor, según datos del INE, esta es la segunda discriminación más importante para los ciudadanos. Por encima sitúan la violencia de género (para el 49%), un problema que también se agrava por la crisis, según el Eurobarómetro, que ha analizado los resultados de más de 25.000 entrevistas telefónicas, 1.001 hechas en España.

Porque el tijeretazo también ha afectado a los fondos destinados a luchar contra el maltrato. Las campañas de prevención perdieron en 2012 un 21%; a lo que se añade otro 18% en los fondos destinados a igualdad, partida que en 2013 llega con otro mordisco del 24%. La igualdad no destaca como prioridad para el Gobierno de Mariano Rajoy. Los recortes en la ley de dependencia —aumento del copago, reducción en las prestaciones a las cuidadoras, retraso en la entrada en el sistema de dependientes moderados—, la supresión del plan Educa3 (para crear guarderías) y que se haya aplazado el aumento de la baja de paternidad —de los 15 días a un mes— alimentan el desnivel.

“Los recortes afectan más a las mujeres porque son más vulnerables. Tanto los directos, en materia de igualdad, como los generales en educación o sanidad. Todos cargan sobre ellas aún más el peso del cuidado familiar”, incide Laura Nuño, directora de la cátedra de Género de la Universidad Rey Juan Carlos, que vislumbra también una “línea ideológica” tras las tijeras del Gobierno. De hecho, las españolas emplean 100 minutos diarios más que los hombres en trabajos no remunerados como cuidar niños o el trabajo doméstico, según un reciente informe de la OCDE, que alerta de que la reducción de las ayudas para el cuidado agravarían el dato.

Edite Estrela, europarlamentaria socialista de Portugal, cree que los Gobiernos se escudan tras los datos económicos para aparcar las iniciativas de igualdad. “La crisis está sirviendo de coartada para todo. Incluso para bloquear la iniciativa de ampliar las bajas por maternidad”, remarca durante un seminario organizado por la Eurocámara. Las instituciones revisan ahora una propuesta de directiva para tratar de ampliar estos permisos laborales hasta las 20 semanas —en España son 16—, pero Estrela no es optimista.

Y es que el avance en igualdad, que había despuntado los años previos a la crisis, crece ahora a una velocidad inversamente proporcional al incremento del desempleo. Sobre todo en España, que encabeza la tasa de paro femenino, que se ha multiplicado por dos entre 2007 y 2011. “Se está expulsando a las mujeres del mercado laboral”, dice Almudena Fontecha, secretaria de Igualdad de UGT. “Pero como muestra el aumento en su tasa de ocupación, mantienen la voluntad de trabajar”, abunda. Ganas que, sin embargo, como remarca la eurodiputada Iratxe García (PSOE), no se traducen en mejores datos. “Son ellas quienes ocupan los puestos más precarios y los contratos de jornadas reducidas”, apunta García, que pide agudizar las inspecciones para luchar contra la brecha salarial y la discriminación de la mujer en la empresa.

Y lo tienen peor si además son madres. El 45% de los españoles cree que los empleadores tienen en cuenta si una candidata tiene hijos a la hora de contratarla —en España, la edad media de maternidad es de 31,5 años, la más alta de Europa—. Solo un 9% de los ciudadanos opina que las empresas se fijan en esta condición cuando el candidato es hombre. Y los datos medios de la UE son similares. Solo algo más del 20% de los europeos cree que las compañías valoran primero el nivel de cualificación o la experiencia profesional antes que tener o no hijos
 

 

jueves, 7 de marzo de 2013


CIUDADANAS DE SEGUNDA
Dado el ingente trabajo que ha tenido y tiene el gobierno, exprimiéndonos hasta la última gota de educación, sanidad, empleo y hasta dignidad, es lógico que no le haya quedado tiempo para aquellas cosillas sin importancia, de menor calado, cual sería, por ejemplo un informe de evaluación del Plan Estratégico de Igualdad de 2008 a 2011. Es evidente la necesidad de dicha evaluación porque mal se podrá redactar el siguiente Plan sin tener en consideración la implantación, seguimiento y resultados del anterior. Lo cierto es que estamos en Marzo de 2013 y no tenemos Plan para 2012-2015. Ni siquiera, como decimos, evaluación del anterior; a pesar de que en Mayo de 2012, la Comisión de Igualdad del Congreso presentó proposiciones no de ley para el mismo.
Somos ciudadanas de segunda, eso es obvio, por ello el gobierno tiene cosas mucho más importantes que hacer que elaborar un informe de impacto de género para la Ley de Tasas, en condiciones, o para evaluar Planes de igualdad, ¿para qué? Si, total, la igualdad en nuestro país es un hecho ¿no? Las mujeres no cobramos menos, no tenemos menos acceso al mercado laboral, no tenemos el mayor índice de dedicación al cuidado de la familia, tanto mayores como menores, no tenemos una imagen distorsionada en los medios de comunicación y publicidad y, por supuesto, no tenemos hijas e hijos víctimas de la violencia de género. En lo que va de año, según informe del CGPJ, siete menores se han quedado huérfanos y huérfanas por los asesinatos de sus madres, víctimas de este terrorismo.
Desde la aprobación en 2007 de la Ley de igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres, los planes de igualdad son afortunadamente de obligado cumplimiento. Así queda establecido en su artículo 17, mientras que en el 18 ordena al Gobierno elaborar un informe de evaluación y presentarlo en las Cortes Generales. El Plan estratégico de igualdad de oportunidades puesto en marcha en 2008 concluyó, el pasado 2011, y en 2013 todavía no contamos con una evaluación gubernamental del mismo ni con el compromiso certero por parte del macro-ministerio -que ahora asume las políticas de igualdad- de llevar a cabo e impulsar el plan estratégico 2012-2015, que debe ser un instrumento obligado y absolutamente necesario para orientar, dirigir y fiscalizar las políticas públicas sobre igualdad de manera transversal.
Lo que nos preguntamos es, con representantes en la Comisión de Igualdad, como el del Grupo de Unión Progreso y Democracia, ¿qué futuro espera a los Planes Estratégicos de Igualdad, en el hipotético caso en el que se cumpla la Ley y efectivamente se redacten?
MAEVE-ABOGADAS PARA LA IGUALDAD